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Celebran los presos políticos K





Por Armando Maronese   *
 
DEL BOLETIN OFICIAL
 
Rigen cambios en el Código Penal - Resolución 1/2021 que activa artículos claves del Código Penal sobre condenas.
 
El oficialismo publicó este miércoles 10/2 en el Boletín Oficial, la Resolución 1/2021 por la cual la Comisión Bicameral Parlamentaria que monitorea la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal Federal, pone en vigencia los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375.
 
El Frente de Todos en el Congreso de la Nación, puso en vigencia desde este miércoles 10/2 con su publicación en el Boletín Oficial, las modificaciones en 6 artículos que retrasan el cumplimiento efectivo de las penas de prisión. El articulado podría beneficiar a Amado Boudou, Julio De Vido o Ricardo Jaime, auto percibidos como “presos políticos”.
 
El martes 09/2, la Comisión Bicameral Parlamentaria que monitorea la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal Federal activó los artículos mencionados, que permitirían revisar condenas, aun cuando hayan sido confirmadas por la Corte Suprema, y esperar una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) antes de cumplirlas la condena.
 
La resolución que implementa esos artículos, se publicó este miércoles 10/2 en el Boletín Oficial y lleva la firma de los legisladores kirchneristas y aliados del kirchnerismo Anabel Fernández Sagasti, Mariano Recalde, Ramiro Gutiérrez, Roberto Mirabella, María Inés Pilatti Vergara, María de los Ángeles Sacnun, Martín Soria y Marisa Lourdes Uceda.
 
Según la Resolución 1/2021, se ordena en su primer artículo:
 
- “implementar los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 del Código Procesal Penal Federal para todos los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional, y en todos los tribunales de la Justicia Nacional Penal, mientras resulte de aplicación por parte de estos tribunales el Código Procesal Penal Federal, disponiendo su implementación a partir del tercer día hábil posterior a la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial”.
 
- “Esta Comisión Bicameral resolvió implementar el artículo 366 inciso f) que habilita la revisión de una sentencia firme en favor del condenado, toda vez que se dicte en el caso concreto una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o una decisión de un órgano de aplicación de un tratado en una comunicación individual”. Así lo indica la resolución.
 
Por Armando Maronese
Mi, 10/02/2021
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